Acción Social Sindical Internacionalista

Acción Social Sindical Internacionalista

Especial: Asamblea de Parados de Zaragoza

Nadie más que tú y tus iguales van a ayudarte a resolver los problemas que tienen que ver con la injusticia y el abuso. Es necesario reconocer esta situación como el abuso criminal de unos pocos contra muchos.
Asamblea de parados de Zaragoza

Campaña por la autonomía zapatista

En el marco de la campaña europea por la autonomía zapatista nacida del segundo encuentro europeo de “Europa Zapatista” celebrado en Barcelona a primeros de diciembre de 2008. La Plataforma de Solidaridad con Chiapas de Aragón convoca los siguientes actos.

Ajustes criminales

http://www.assi-assi.org/index.php?option=com_content&task=view&id=293&Itemid=41
Inicio arrow Sindical
Sindical
HUELGA GENERAL. ¿Y LUEGO, QUÉ?

Acto Público. Miércoles 15 de septiembre, CC.Laín Entralgo, Paseo de la Mina s/n. 19.00 Horas.


 Participan:

Sindicato de Obreros del Campo (Andalucía)

Solidaridad Obrera (Madrid)

Intersindical (Aragón)

Langile Abertzaleen Batzordeak (Euskal Herria)

Corriente Sindical d'Izquierda (Asturies)

 

Organiza: Acción Social y Sindical Internacionalista



Leer más...
 
El Derecho de huelga. Primera entrega

 X-José Manuel Hernández (Abogado CAES) - 

No existe norma legal que regule el derecho de huelga posterior a la entrada en vigor de la CE en 1978, ajustándose el ejercicio de la misma a lo regulado en el RDLRT de 1977 (2) y la doctrina constitucional que se ha ido consolidando sobre la materia.
El derecho de los trabajadores a adoptar medidas de conflicto colectivo, como medida de presión para la defensa de sus intereses laborales y sociales, está regulado en el artículo 37. 2 de la Constitución española(CE)(1), elevándose la medida de huelga al rango de derecho fundamental en consonancia con el artículo 28. 2 del texto constitucional.

Leer más...
 
Metro de Madrid demanda a los sindicatos y a los miembros del Comité de Huelga

 La Dirección de Metro ha interpuesto una denuncia contra cinco sindicatos y contra el comité de huelga, en reclamación de cantidad de 6.581.330 de euros “por daños y perjuicios derivados del ejercicio ilegal o abusivo del derecho de huelga”.

Leer más...
 
Se abarata y subvenciona el despido, se facilita la temporalidad y más trabajo a las ETTs

Finalmente el Gobierno ha aprobado su REFORMA LABORAL. De lo que se ha hablado hasta ahora, existen ciertas modificaciones que el Gobierno ha introducido en los últimos días. Y en un ejercicio de humor las centrales sindicales del régimen convocan a la huelga general para finales de septiembre, cuando todo estará ya atado y bien atado.

Abaratamiento del despido

La anunciada subvención al despido de los "contratos para el fomento de la contratación indefinida" (aquéllos que tienen una indemnización de 33 días en vez de 45) que ascendía a 8 días, ahora será para cualquier despido, también para los contratos ordinarios. Es decir, también en los contratos ordinarios con una indemnización de 45 días por año trabajado, el Fogasa se hará cargo de 8 días por año trabajado.

Asimismo, el Gobierno apuesta por "universalizar" el uso del contrato de fomento del empleo (con una indemnización de 33 días en lugar de los 45). Hasta ahora entre los colectivos a los que podía ir destinado dicho contrato no se encontraban ciertos tramos. Ahora se amplia también a hombres de entre 31 y 45 años y personas en paro durante al menos tres meses. Además, también podrá ser utilizado para trabajadores que hayan encadenado dos años de contratos temporales. La extensión de este tipo de contrato no tiene carácter retroactivo.

Temporalidad

El Gobierno entiende que el abaratamiento del despido mediante la subvención de parte de la indemnización y de la bonificación y generalización de los contratos con una indemnización de 33 días se fomentará la contratación indefinida. (???????)

Esto se uniría a la subida de la indemnización por fin de contrato de los contratos temporales y al limite de entre 24 y 36 meses para estar contratado por la modalidad de contrato de duración determinada.

Despido por causas objetivas.

Para los despidos individuales o colectivos, basados en causas objetivas (económicas, técnicas u organizativas), indemnizados con 20 días por año trabajado, no se ha fijado un periodo de un plazo mínimo de pérdidas (que se hablaba de 6 meses) para que una empresa pueda acogerse a dichas causas objetivas. "En caso de una situación negativa, la empresa tendrá que acreditar sus resultados agregados y justificar que de ellos se desprende la racionalidad exigida", comentó Corbacho.

"Modelo austriaco"

El fondo de capitalización se realizará con un proyecto de ley específico en el plazo de un año y para dejar tranquilo al empresariado anunció el Ministro de Trabajo que, en ningún caso, supondrá la elevación de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.

ETT

Se levantan ciertas restricciones que tenían las empresas de trabajo temporal con ánimo de lucro para que puedan operar en el sector público.

 
Solidaridad con la resitencia griega y por la huelga general

 

 

En la concentración convocada por los sindicatos mayoritarios para rechazar las medidas económicas propuestas por el gobierno apareció el siguiente mensaje en solidaridad con el pueblo griego y por la huelga general.
 
<< Inicio < Anterior 1 2 Siguiente > Final >>

Resultados 1 - 9 de 13
 
Joomla Templates by Joomlashack